Salió el fallo

El Tribunal de Disciplina de la Liga Jujeña de Futbol, dio a conocer la sanción a Talleres de Perico, por la mala inclusión de Sebastian Pisculiche.


Luego de la nota presentada por La Viña y Atlético Cuyaya, marcando la mala inclusión del mediocampista de Talleres de Perico, Sebastian Pisculiche, se aguardaba el boletín del Tribunal de Disciplina para conocer la sanción.


En el mismo se definió que al "expreso" se le da por PERDIDO EL PARTIDO y se le deberá descontar tres (3) puntos. Articulo 107 inciso a y articulo 152 del Reglamento de Transgresiones y Penas

Art. 107º.- Pérdida de partido cuando el equipo fuera integrado:
a) Por jugador inhabilitado por cualquier causa.-
Art. 152º.- PERDIDA DE PARTIDO RESULTADO QUE SE REGISTRA - La pena de pérdida de partido hace perder al equipo sancionado los tres puntos correspondientes al partido, el que se registrará con el resultado de cero gol para el equipo castigado y de un gol a favor para el otro equipo, o de cero gol para el equipo sancionado y para el otro equipo, la cantidad de goles logrados en su favor si en el partido hubiese obtenido más de un gol. La pérdida de partido por ambos clubs hace perder los tres puntos a cada uno de ellos, registrándose en este caso el resultado de cero gol a favor y un gol en contra a ambos clubs. Estas disposiciones son de aplicación también cuando se adjudiquen puntos por inasistencia de equipo o por cesión de ellos. La anotación en la tabla de posiciones respectiva debe hacerse inmediatamente después de publicarse el fallo disciplinario. En el caso de tratarse del Campeonato de Primera División, la pena de pérdida de partido, hace perder al equipo sancionado los puntos correspondientes al encuentro, con el resultado a que alude el primer párrafo de este artículo En el supuesto contemplado en el inciso f) del Art. 162º del Reglamento General, la pérdida de partido, hace a su vez perder los puntos al equipo de la entidad responsable o a los dos equipos, si concurriera culpa de ambos. Si solo uno de los clubs resultare responsable, la sanción de pérdida de los puntos obtenidos, no se acumulará a su contrario, pero el equipo que no incurriera en culpa, registrará a su favor los puntos que le correspondan si el resultado del partido fuere de empate o ganado por el mismo. La pérdida de los puntos registrará, además, como resultado de cero gol a favor y un gol en contra, para uno o ambos clubs sancionados. El equipo que no incurriera en culpa registrará además de los puntos que le correspondan cuando los obtenga en juego, la cantidad de goles logrados a su favor y los que le convirtieron en contra. El club responsable, en tal caso, además de la pérdida de puntos, no registrará a su favor los goles obtenidos, aunque registrará en contra los goles del equipo contrario, si es que le hubiesen convertido más de uno.  

Por otro lado el jugador , Daniel Sebastian Pisculiche, recibió cinco (5) fechas de suspensión, ya cumplió tres (3), por haber disputado el encuentro ante Universitario, siendo que debía cumplir una fecha por haber llegado a la quinta amarilla en el partido ante Los Perales. Articulo 215 de Reglamento de Transgresiones y Penas

Art. 215º.- Suspensión de cinco a veinte partidos al jugador que actúe en partido oficial, hallándose sometido a la pena de suspensión o esté inhabilitado por cualquier motivo
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